Sistema de Justicia

Tras denuncias y presiones, iFood firma acuerdo de derechos laborales con el Ministerio Público

Una investigación periodística mostró que tres empresas actuaron en una campaña contra los derechos de los repartidores

Traducción: Isabela Gaia

Brasil de Fato | Brasília (DF, Brasil) |
La denuncia demuestra que las empresas actuaron para frenar la movilización de repartidores entre los años 2020 y 2021. - Gabriela Moncau

Tras ser denunciada en un informe periodístico y presionada por los Ministerios Públicos Federal (MPF) y del Trabajo (MPT) en Brasil, la empresa iFood firmó un Término de Ajuste de Conducta (TAC) comprometiéndose a cumplir con medidas dirigidas a los derechos laborales de los repartidores y también al derecho de la sociedad a la información. El término también fue firmado por las empresas Benjamim y Social QI, del rubro de la comunicación.

La iniciativa es el resultado de una investigación conjunta de los ministerios públicos que se inició después de una denuncia realizada en un informe del portal brasileño Agência Pública publicado en abril de 2022. El sitio de noticias mostró que, entre 2020 y 2021, las dos agencias de publicidad en cuestión actuaron al servicio de iFood para falsificar perfiles en redes sociales e infiltrar agentes dentro de un movimiento de repartidores que se articulaban a favor de derechos laborales no garantizados por la plataforma.

Según lo que se descubrió, las empresas actuaron con el objetivo de frenar la movilización. El monitoreo clandestino se habría producido "tanto en internet como en la calle, ante el crecimiento de los reclamos". En ese momento, las acciones de los trabajadores se centraron principalmente en pedir que iFood aumentara la remuneración pagada en cada entrega y que protegera a los repartidores de los riesgos de la COVID-19.  

El TAC firmado por las tres empresas contempla tres ejes: compensación, satisfacción y no repetición. En el primero, iFood se compromete a invertir 6 millones de reales (aprox. 1,2 millones USD) en investigaciones y proyectos que analicen las relaciones laborales con los repartidores, el mercado de la publicidad y el marketing digital y la responsabilidad social de los controladores de plataformas. El dinero debe ser enviado a instituciones y entidades tales como organismos públicos de promoción de la ciencia y a ministerios que forman parte del gobierno federal que puedan hacerse cargo de la selección y la gestión de estos proyectos.

Para el eje "satisfacción", las tres empresas involucradas deberán impulsar una campaña de marketing digital que aborde la relevancia del derecho a la información de la sociedad en el entorno de internet. La campaña debe durar al menos tres meses y ejecutarse en al menos tres plataformas digitales importantes, como Twitter, Instagram, YouTube y TikTok.  

"Para que se respete su derecho a la información, los ciudadanos necesitan saber si es una empresa la que publica determinados contenidos en internet, en qué contexto y con qué finalidad", explicó el fiscal de la República Yuri Corrêa da Luz, al tiempo que destacó que la información es fundamental para que la sociedad pueda ejercer el derecho a la libertad de expresión. Por ello, tal como lo establecieron los ministerios públicos, el enfoque de la campaña  también debe ser el respeto a las libertades de expresión y manifestación de los trabajadores.

Asimismo, las tres empresas deberán hacer una declaración pública conjunta sobre los hechos encontrados y las cláusulas del contrato en cuestión. Además de los tópicos mencionados anteriormente, la iniciativa debe abordar la relevancia de la libertad sindical y los derechos de los trabajadores a la negociación colectiva y a la huelga. El contenido deberá estar al aire durante tres semanas consecutivas, también en las plataformas digitales, además de ser publicado en las páginas de las empresas involucradas y en algún medio de comunicación de alcance nacional.

Finalmente, con respecto al eje "no repetición", los ministerios públicos señalan que el término trae algunas innovaciones. Una se refiere a la adopción de un programa interno de "cumplimiento de los derechos humanos". La iniciativa debe incluir la identificación de riesgos de vulneración de los derechos fundamentales y el deber de transparencia, allanando el camino para que se adopten medidas preventivas y correctivas frente al problema.

Para ejecutar el programa, los ministerios públicos establecen que debe adscribirse un asistente técnico externo a las empresas e independiente de las tres; el nombre del nominado también debe ser aprobado por el Ministerio Público Federal.

Edición: Leandro Melito